A continuación, te damos un ejemplo de una carta poder, en este caso para realizar trámites.
(Lugar y fecha de otorgamiento)
Yo, _(1)_ por el presente documento manifiesto que _(2)_ por lo que otorgo al ciudadano (a) _(3)_ poder amplio y suficiente para que, en mi nombre y representación _(4)_, durante _(5)_.
Durante el ejercicio de las facultades aquí conferidas, podrá realizar el ciudadano (a) _(6)_ todas las acciones y gestiones legales que considere procedentes para defender mis derechos.
La presente carta poder se realiza en presencia de los ciudadanos _(7A)_ y _(7B)_ quienes fungen como testigos de este acto.
Yo _(8)_ acepto las facultades que por el presente documento se me confieren y juro cumplirlas fielmente.
(Firmas y nombres con señalamiento de las condiciones de cada uno).
Procedimiento para elaborar una carta poder
(1)- Identificación del otorgante.
(2) Indicar las razones del otorgamiento de la carta poder.
(3)- Identificar suficientemente al destinatario (a) de la carta poder.
(4)- Especificar las facultades, si son especificas o si son generales.
(5)- Señalar la duración del ejercicio de las facultades.
(6)- Mencionar al destinatario (a) de la carta poder.
(7A y 7B)- Identificación exhaustiva de los testigos.
(8)- Mencionar al destinatario (a) de la carta poder.
¿Qué es una carta poder?
Según la Ley Federal de la República de México, una carta de poder es un documento de carácter y requisitos legales, que puede ser otorgado en documento privado. Que es dado por una o varias personas, estando en presencia y firmado por dos testigos.
A través de la carta poder el otorgante u otorgantes autoriza o faculta a otra u otras personas, para que en su nombre y representación realicen ciertos actos privados, administrativos o jurídicos.
La carta poder requiere de menos formalidades que un poder notarial, se otorga para negocios cuyo precio sea inferior o igual a $ 29.419,00. No faculta para la compra venta de bienes inmuebles o bienes raíces, ni para la emisión o transacción de títulos valores, tales como cheques, pagarés o letras de cambio.
Requisitos de una carta poder y normativa legal
La carta poder está contemplada en el artículo 2.556 del Código Civil Federal de México, que lo define como un mandato, que puede otorgarse en escrito de carácter privado, siempre y cuando sea ante dos testigos. Además las firmas deben ser ratificadas ante funcionarios autorizados para ello.
Puede otorgarse de forma verbal, siempre y cuando el monto del negocio contenido en el mismo, no exceda cincuenta veces el salario mínimo para el momento del otorgamiento.
Estipula la norma que cuando el monto por el cual fue otorgada la carta poder, no supere en mil veces el salario mínimo establecido para el momento de otorgar la carta, no se requiere la ratificación de las firmas. Si supera esa cantidad, la carta poder deberá hacerse en documento público, como también deberá constar en ese instrumento si la ley lo ordena dado el objeto o negocio de la carta.
Para el otorgamiento de las cartas poder, señala el artículo 2.551 de la misma Ley, que puede hacerse en escritura pública o en privada. En escritura privada será válido sólo si se hace ante dos testigos y las firmas son ratificadas ante los funcionarios respectivos. Es decir, ante Notario Público, Jueces de Primera Instancia, de Paz, de Menores o autoridades de carácter administrativo correspondientes.
Valor y vigencia de una carta poder
El valor de una carta poder se extiende única y exclusivamente a lo que expresa y autoriza su contenido. Así como se extiende y alcanza hasta los límites permitidos por la ley.
Por regla general tienen la vigencia que establece en su contenido, cuando no se estipula término, tiene una vigencia de tres meses.
En cuanto a los poderes notariales, si el término no está estipulado en su contenido, la ley supone que fue otorgado por tres años, si no está registrado. Si no se indica su término, pero está registrado, no pierde su vigencia.
Carta poder para cobrar un dinero
El principal requisito para realizar una carta poder para cobrar dinero, es que en su contenido se debe indicar el tiempo o período durante el cual la persona a la que se le otorga, está autorizada o facultada para ejercerlo. Así como las especificaciones de lo que ha de cobrarse.
Ejemplo de este tipo de carta poder
(Lugar y fecha del otorgamiento)
Carta Poder
Yo, _(1)_
Presente.
Por medio del presente documento, otorga la facultad amplia y suficiente a _(2)_ para que en mi nombre y representación efectúe el cobro de _(3)_ durante _(4)_.
Queda facultado (a) mi mandatario (a) para realizar todas las gestiones que sean necesarias y así sean estimadas, ante cualquier organismo administrativo para hacer efectivo el cobro aquí señalado.
Esta carta poder se efectúa en presencia de los testigos ciudadano _(5A)_ y _(5B)_.
Nombre y Firma
Yo, _(6)_ acepto las facultades que por el presente documento se me efectúan y juro cumplirlas eficazmente.
Nombre y Firma del destinatario (a).
Nombre y Firma de los testigos.
Procedimiento para elaborar la carta poder
(1)- Identificación del otorgante.
(2)- Identificar al destinatario (a).
(3)- Especificar los conceptos del cobro.
(4)- Especificación del lapso en el cual se efectuará el cobro.
(5A y 5B)- Identificar exhaustivamente a los dos testigos.
(6)- Señalar al aceptante o destinatario (a).
¿Qué es una carta poder notarial?
Un poder notarial, carta notarial o documento efectuado en escritura pública, es un documento formal mediante el cual una o varias personas otorgan facultades a una o varias personas, para que realicen ciertos trámites en su nombre y representación.
Si las facultades a ser otorgadas versan sobre negocios cuyo precio estimado excede de $ 29.419,00, siempre han de ser poderes notariales. Al igual cuando el negocio verse sobre la venta o compra de bienes raíces o inmuebles y sobre títulos valores.
Su formalidad requiere que se efectúe ante un Notario Público u otra autoridad a la que la Ley le confiere facultades notariales. Si se va a otorgar fuera del país, se debe hacer ante el Consulado de México.
Los poderes pueden ser generales para múltiples facultades o específicos para acciones o facultades particulares. Así como existen poderes generales para actos administrativos y para actos denominados de dominio. Los poderes generales para actos de dominio son los que otorgan mayores facultades.
Los poderes notariales pueden ser revocados, en procedimientos efectuados ante la Notaria o ante el Consulado, de ser el caso.
Conclusión
Tanto las cartas poder como los poderes notariales están regulados por las normativas legales de la República de México. Las diferencias sustanciales entre ambas figuras se refieren básicamente a las formalidades y al contenido del negocio contenido en cada uno de ellas. En tal sentido se debe estar atento a los negocios o trámites sobre los cuales se desea o se requiere otorgar una o unas facultades.
Ambos documentos son de una gran utilidad, no obstante, se requiere la escogencia de la o las personas de gran confianza a las cuales se les vaya a delegar las facultades que se estime convenientes. Así como se debe atender a los requisitos de validez y vigencia de los documentos, a objeto de que puedan cumplir las finalidades para las cuales fueron otorgados.
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